Albacea

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Albacea

El albacea es la persona o sociedad designada por el testador para administrar bienes, además de realizar los trámites necesarios para que los herederos puedan adjudicarse la herencia.

Es posible nombrar a varios personas como albacea para la administración y entrega de los bienes a los herederos, ya sea en solitario o conjuntamente.

Al momento del fallecimiento del testador, el albacea deberá acudir a una notaría pública a realizar el trámite de Sucesión Testamentaria, no es necesario presentar el testamento ya que el notario puede hacer una búsqueda del mismo en el Archivo General de Notarías a efecto de conocer la voluntad del testador y hacerla valer.

El albacea debe ser mayor de edad y estar en pleno uso de sus facultades mentales.

Es altamente recomendable, mas no obligatorio, que el albacea sea también algún heredero ya que sería uno de los primeros interesados en cumplir la voluntad del testador y no tendría problemas por realizar los trámites.

Es posible también nombrar albaceas sustitutos en caso de que al momento del fallecimiento del testador el albacea no esté con vida.